2025-05-15
Prescripción
ESQUIVEL ADAN HECTOR C/HEREDEROS DE ALANIZ VALENTIN RAUL Y DEIFILIA LIGORRIA DE ALANIZ P/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA
SR. JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE GESTION ASOCIADA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y MINAS, en los autos N° 279.526 caratulados “ESQUIVEL ADAN HECTOR C/HEREDEROS DE ALANIZ VALENTIN RAUL Y DEIFILIA LIGORRIA DE ALANIZ P/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA”, NOTIFICA a los posibles sucesores de la Sra. DEIFILIA LAIGORRIA DE ALANIZ como personas inciertas, la siguiente resolución: “Mendoza, 04 de Septiembre de 2024. AUTOS Y VISTOS:…RESUELVO: IDeclarar a los posibles sucesores de la Sra. DEIFILIA LAIGORRIA DE ALANIZ como personas inciertas, bajo responsabilidad de la parte actora. II- Ordenar se notifique edictalmente la providencia de fs.2 y 4, con transcripción de dicho decreto, conforme lo ordena el Art.69 y 72 CPCCYT en el Diario LOS ANDES y Boletín Oficial. III.-Cumplido, dese intervención al Defensor Oficial que por turno corresponda. NOTIFIQUESE.- GC DR. JUAN PABLO SANTIAGO CIVIT-JUEZ…y decreto de fojas 2: “Mendoza, 13 de Noviembre de 2023. I.-Por presentado, parte y domiciliado en el carácter invocado en mérito a la ratificación acompañada. Ténganse presentes los datos denunciados y por constituido el domicilio legal a sus efectos. Hágase saber a los presentantes que deberán denunciar dirección electrónica y denunciar asimismo la matrícula profesional en la que se constituye domicilio procesal electrónico (art.21 y 156 inc 1 del CCCyT). II.-PREVIO a todo: a) Remítase a la M.E.C.C. para su recaratulación como:”ESQUIVEL ADAN HECTOR C/HEREDEROS DE VALENTÍN RAÚL ALANIZ Y DEIFILIA LIGORRIA DE ALANIZ P/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA”, debiendo la parte interesada identificar a los herederos de los titulares registrales (Art.156 inc.II del C.P.C.C.YT.). b)Acreditar el pago del impuesto de sellos o la exención del mismo respecto del boleto de compraventa acompañado. c)Deberá acreditarse el cumplimiento de lo dispuesto por el Art 209 inc d) del CPCCyT:deberá colocarse un cartel en el inmueble con la indicación de la iniciación del presente juicio (número, carátula, nombre del pretendiente y del titular registral, superficie) y dimensiones acordes al inmueble a usucapir. El mismo deberá estar visible desde el principal camino de acceso y mantenerse durante la tramitación del juicio. Tales circunstancias deberán ser acreditadas mediante fotografías certificadas por escribano público o constatación por medio de oficial de justicia. III-Oportunamente, de la demanda interpuesta, córrase TRASLADO a los herederos de Valentín Raúl ALANIZ y DEIFILIA LIGORRIA DE ALANIZ por el término de VEINTE (20) DÍAS para que comparezca, responda, ofrezca prueba y constituyan domicilio legal dentro del radio del Juzgado (artículos 21, 72 inc.III, 74, 75, 160, 209, 210 del CPCCyT). Téngase presente la prueba ofrecida y lo demás expuesto para su oportunidad. Dispóngase la ANOTACIÓN DE LITIS del presente proceso, respecto del inmueble objeto de autos, inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble al Nro 15898, fs.33, tomo 75 D del Departamento de Maipú, debiendo librarse por medio del correspondiente formulario 8 (art,1905 último párrafo del CCyC). Hágase saber a los posibles interesados la existencia del presente juicio que pretende usucapir el inmueble ubicado en calle Sargento Cabral 289, Barrio Ciancio de la Ciudad de Maipú, Departamento de Maipú, Mendoza, por EDICTOS a publicarse en el Boletín Oficial y Diario Uno (Digital) por CINCO (5) VECES en forma alterada (art.209 ap.II inc.a) CPCCyT. Asimismo, PUBLÍQUESE en las páginas web del Poder Judicial y del Colegio de Abogados y Procuradores de la Primera Circunscripción, en caso de encontrarse disponibles dichas páginas (art.72 inc. II del CPCCyT). Oportunamente, CÍTESE al Gobierno de la Provincia de Mendoza en la persona del Sr. Gobernador y del Sr. Fiscal de Estado, y a la Municipalidad de Maipú en la persona del Sr. Intendente. Notifíquese al Sr. Fiscal de Estado con el expediente en su despacho. Oportunamente, dése intervención al Defensor Oficial en turno. NOTIFÍQUESE PAC Dr.JUAN PABLO SANTIAGO CIVIT JUEZ y decreto de fs.4: Mendoza, 14 de Diciembre de 2023. Téngase por/modificada la demanda en los términos expuestos de conformidad con lo dispuesto por el art.164 del CPCCYT. Téngase presente lo manifestado para su oportunidad y por cuanto derecho corresponda. NOTIFÍQUESE el presente decreto conjuntamente con el de fojas 2. Derívese los presentes a fin de la corrección y firma del formulario acompañado. EV DRA. JORGELINA IÉRMOLI BLANCO–JUEZA”. LINK EXPTE: https://s.pjm.gob.ar/dd/cpl/EJYUB201251 DATOS DEL INMUEBLE: Ubicación: Sargento Cabral 289, Barrio Ciancio de la Ciudad de Maipú. Datos de Inscripción: 1era inscripción al N° 15898, fs.33. Tomo 75-D, dpto. Maipú Titular Registral: ALANIZ VALENTIN RAMÓN Y LIGORRIA DE ALANIZ DEIFILIA